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Preguntas Sobre Seguridad Social

SOBRE SEGURIDAD SOCIAL PENSIONES Y ALGO MÁS…

  


Preguntas y respuestas ¿?

Me tome la tarea de realizar una encuesta por medio electrónico a la mayoría de los contactos que tengo por redes sociales, a continuación trascribo algunas preguntas.


1. SI MUERO ¿QUÉ PASA CON LO QUE AHORRE, SE LO DAN ALGÚN BENEFICIARIO DE MI FAMILIA?

La ley contempla quienes son los beneficiarios directos:

1. El conyugue, puede tramitar la pensión por viudez o en caso de no tener derecho cobrar los recursos de la cuenta individual.

2. Los Hijos, pueden promover su derecho a una pensión, siempre y cuando se sujeten a estos supuestos: 0 a 16 años lo  tiene que promover el que ejerza la patria potestad, a partir de  los 16  hasta los 25 años se puede ejercer el derecho siempre y cuando el hijo este estudiando en un sistema educativo avalado por el estado.

3. Padres, si el asegurado no tiene ni conyugue ni hijo el derecho recae a los padres, para que puedan ejercer ese derecho deben de comprobar vía juicio de jurisdicción voluntaria la convivencia y dependencia con el asegurado.

4. Beneficiarios sustitutos, si el asegurado no tiene conyugue, hijos y padres, los familiares más cercanos  pueden ejercer la entrega de los recursos que tenga en la afore, a través de un juicio que se interpone ante la junta federal de conciliación y arbitraje, es importante aclarar que aun y cuando el asegurado pusiera en su afore un beneficiario sustituto y este no fuese ni el conyugue ni los hijos o padres, de igual forma deberá presentar la demanda, además si el asegurado murió intestado, se promueve previamente ante una autoridad civil un juicio para nombrar un albacea que represente a todos los  interesados. 


2. ¿ES VERDAD QUE DESAPARECERÁ LA SEGURIDAD SOCIAL?

La respuesta es No, la seguridad social forma parte de los derechos fundamentales,  contenidos en la constitución, el artículo 4 que consagra el derecho a la salud y el artículo 123 fracción XXIX que consagra la obligación al gobierno sea estatal o federal la creación de modelos e instituciones de previsión popular. Sin embargo  existe una ineficiencia totalmente marcada en México en materia de seguridad social; actualmente lo que se tiene en México es un conjunto fragmentado de prestaciones tanto contributivas como subsidiadas por el estado, sin embargo representa el 3.2% del producto interno bruto derivado del gasto anual que genera el pago de pensiones y jubilaciones. Sin embargo la triste realidad es que 6 de cada 10 personas trabajan en la informalidad y 2 de cada 10 personas de la tercera edad tiene derecho a una pensión.

Aun y con la implementación del sistema nacional de salud y de programas como el seguro popular para brindar servicio médico, se está dejando de lado atacar el problema principal, incentivar al trabajador informal para que se preocupe para cotizar o ahorrar para su vejez.


3. En función del diferencial entre el pasivo contingente del Imss y su proyección de ingresos ¿Cuál es la vida remanente de sus flujos actuales?

El Imss desde el 2016 dejo de estar en quiebra técnica, además tiene una viabilidad financiera hasta el 2020 esto gracias a una política interna de equilibrio presupuestal y responsabilidad financiera. 

Actualmente se está promoviendo ante el consejo técnico que todo el superávit que tiene el instituto vaya directamente a una inversión a infraestructura, así como seguir con todas las medidas que han permitido tener una balanza en las finanzas del instituto, aunado a una eficiente método recaudatorio, que ha ido creciendo año con año, también la tecnología tiene un papel fundamental. Cabe destacar que por el momento no habrá aumento en las cuotas obrero patronal.

Entre los principales retos que tiene el instituto es crear la solvencia necesaria para hacer frente al pago de sus trabajadores jubilados que representa el 19.5% de su presupuesto y que va creciendo año con año, además de creas las inversiones e instrumentos necesarios para en su momento tener recursos y hacer frente a un préstamo que contrajo  por 2 billones de pesos y que tendrá que pagar en el 2070. 


4. EL SISTEMA DE CALIDAD Y/O ACREDITACIÓN DEL IMSS ¿CÓMO SE EVALÚA?

El seguro social busca mejorar día con día el trato y servicio hacia el derecho habiente, con tal fin imparte el modelo institucional para la competitividad MC, el cual va enfocado en seis principios: Enfoque al usuario, liderazgo estratégico, resultados competitivos, personal comprometido, creatividad e innovación y compromiso social. El taller que se imparte va encaminado a construir protocolos y proyectos de mejora e innovación que tendrán un impacto en las áreas de quehacer laboral, el cual se traduce en un servicio más oportuno y de calidad al derechohabiente. Al final de la evaluación se da un certificado, dependiendo del puntaje es la certificación que se da siendo la más alta el MC Águila Dorada, el cual cumple con los más altos estándares incluso a nivel internacional, en Guanajuato  la unidad número 49 de medicina familiar en Celaya cuenta con esa certificación. Te anexo la dirección donde puedes ver todo el protocolo del proceso de certificación. 

http://reposipot.imss.gob.mx/normatividad/DNMR/Norma/1000-001-003.pdf


LUIS JOSE GASCA RIVERA

MTRO EN ADMNISTRACION PUBLICA Y FISCAL

ESPECIALISTA EN SEGURIDAD SOCIAL Y FONDOS DE INVERSION

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SEGURO ESPECIAL MODALIDAD 40

“La modalidad 40 bien implementado puede cambiar radicalmente la vida de un trabajador ley 73"

“La modalidad 40 bien implementado puede cambiar radicalmente la vida de un trabajador, ley 73,  para su pensión y su cuantía.”


La modalidad 40 tiene su fundamento en el artículo 228 de la ley del seguro social y en el artículo 64 del reglamento de la ley del seguro social, en el cual nos expresa que el asegurado que deje de pertenecer al régimen obligatorio podrá optar por continuar voluntariamente en el mismo, para tal fin el asegurado debe de contar con un mínimo de 52 semanas cotizadas y acreditadas en el régimen obligatorio en los últimos cinco años. Este tipo de seguro le permite continuar cotizando los seguros de invalidez y vida, así como el de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez. Hay que recordar que este seguro no cubre el servicio médico, sin embargo la ley le permite si así lo desea contratar el seguro para la familia por separado. Dentro sus características de este seguro encontramos que no solamente le permite seguir cotizando semanas, sino que también sirve para cotizar salarios, ahora UMAS base de cotización.


El salario que se toma como base para la contratación del seguro será el último  que tenía registrado al momento de la baja en el régimen obligatorio, no podrá elegir un salario menor al último registrado pero si podrá elegir cotizar un salario mayor (artículo 65 rlss), estableciendo un límite máximo a 25 umas,  $2,015 pesos diarios (artículo 28 lss). El trabajador puede optar por continuar protegido a partir de la fecha de su baja en tal caso deberá cubrir el pago de todas las cuotas de manera retroactiva, o de empezar a cotizar a partir del día siguiente de su contratación (art 66 rlss). El pago de este seguro deberá efectuarse a más tardar los días 17 de cada mes. El derecho de contratar este seguro se pierde a los cinco años a partir de la fecha de la baja (art 219 lss). La continuación voluntaria del régimen obligatorio se termina por declaración expresa del asegurado, reingresar nuevamente en el régimen obligatorio o dejar de pagar las cuotas del seguro durante dos meses, en este último caso puede solicitar su reingreso a la modalidad por escrito dentro de los siguientes doce meses a partir de la fecha de su baja por falta de pago (art 220 lss)


¿Cuándo se recomienda contratar este seguro?

Aquellas personas que están próximas a pensionarse, bajo el esquema de la ley 73 que tengan un buen número de semanas cotizadas y que su salario sea bajo, se recomienda contratar la modalidad con un salario más elevado para que al final la cuantía de su pensión aumente.

Aquella persona que ya no cotice y que esté en riesgo de perder su conservación de derecho, esta modalidad le permite continuar cotizando semanas hasta el momento de cubrir el tiempo de su conservación de derecho.

Aquella persona que no esté cotizando y le falten semanas para cubrir las semanas mínimas requeridas para la pensión 500 semanas ley 73 y 1250 semanas ley 97.


Recordemos que el cálculo de pensión con ley 73 es en base a la edad, al número de semanas cotizadas y al salario promedio de los últimos cinco años, por lo que es de fundamental importancia cotizar un buen nivel salarial los últimos cinco años de vida laboral.


Por último es importante recalcar que si rebasas los cinco años dados de baja, no podrás acceder a la contratación de esta modalidad teniendo que laborar en el régimen obligatorio un mínimo de 52 semanas.


El trámite de la modalidad 40 lo puedes realizar de manera electrónica o presencial, si lo haces de manera electrónica basta entrar a la siguiente dirección https://serviciosdigitales.imss.gob.mx/portal-ciudadano-web-externo/home, es importante contar con tu Curp, un correo electrónico y los siguientes documentos digitalizados, Curp, constancia de número de seguro social, puede ser la tarjeta de cita, comprobante de domicilio e identificación oficial, el contrato se realiza de manera electrónica, así como los pagos se van generando de manera mensual en el portal, si haces tú tramite por medio electrónico es importante que le des aviso al departamento de afiliación y vigencia para que se lleve un control de tu pagos y tus procesos.


Si realizas el trámite de manera presencial tienes que acudir a la oficina de la subdelegación del seguro social que te corresponda con la siguiente documentación:

Escrito libre solicitando la inscripción en la continuación voluntaria en el régimen obligatorio, el escrito debe ir dirigido al instituto mexicano del seguro social y en cuerpo de la carta debe de contener nombre completo, número de seguro social, domicilio fiscal del trabajador y manifestar los motivos y razones por la que se desea contratar la modalidad, así como manifestar el salario con el que deseas cotizar ante el instituto y la fecha a partir que deseas empezar a cotizar en ese régimen. Recuerda que puedes solicitar empezar a cotizar desde la fecha en que solicitas la contratación o bien desde el momento que causaste baja dentro del régimen obligatorio pagando de manera retroactiva, las cuotas, actualizaciones y recargos correspondientes en una sola exhibición además del escrito debes presenta original y copia:

Documento que contenga el número de seguro social, puede ser hoja rosa, tarjeta de cita, afore.

Identificación oficial con fotografía. 

Comprobante de domicilio no mayor de 3 meses.

Una memoria usb

Recibo de pago. Una vez aprobado el seguro

  

PAGO MENSUAL

El costo de este seguro se calcula de la siguiente   manera:

10.075% x el salario base de   cotización x el número de días del mes. 

Ejemplo: vamos a poner un salario de 300   pesos pagando el mes de Marzo:

10.075% x 300 x31 = 936.97

El pago mensual seria $936.97 cotizando   un salario de 300 pesos diario


Recuerda que este trámite es rápido, simple y sumamente sencillo.


 

LUIS JOSE GASCA RIVERA

MTRO EN ADMNISTRACION PUBLICA Y FISCAL

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